domingo, 30 de mayo de 2010

(4) Clasificacion de los delitos informaticos en Guatemala

1. Sabotaje informático
El término sabotaje informático comprende todas aquellas conductas dirigidas a causar daños en el hardware o en el software de un sistema. Los métodos utilizados para causar destrozos en los sistemas informáticos son de índole muy variada y han ido evolucionando hacia técnicas cada vez más sofisticadas y de difícil detección. Básicamente, se puede diferenciar dos grupos de casos: por un lado, las conductas dirigidas a causar destrozos físicos y, por el otro, los métodos dirigidos a causar daños lógicos.

2. Conductas dirigidas a causar daños físicos
El primer grupo comprende todo tipo de conductas destinadas a la destrucción «física» del hardware y el software de un sistema (por ejemplo: causar incendios o explosiones, etc.).

3. Conductas dirigidas a causar daños lógicos
El segundo grupo, más específicamente relacionado con la técnica informática, se refiere a las conductas que causan destrozos «lógicos», o sea, todas aquellas conductas que producen, como resultado, la destrucción, ocultación, o alteración de datos

4. TELLEZ VALDEZ clasifica a estos delitos, de acuerdo a dos criterios:

A. Como instrumento o medio.
En esta categoría se encuentran las conductas criminales que se valen de las computadoras como método, medio o símbolo en la comisión del ilícito, por ejemplo:

a) Falsificación de documentos vía computarizada (tarjetas de crédito, cheques, etc.)

b) Variación de los activos y pasivos en la situación contable de las empresas.

c) Planeamiento y simulación de delitos convencionales (robo, homicidio, fraude, etc.)

d) Lectura, sustracción o copiado de información confidencial.

e) Modificación de datos tanto en la entrada como en la salida.

f) Aprovechamiento indebido o violación de un código para penetrar a un sistema introduciendo instrucciones inapropiadas.

g) Variación en cuanto al destino de pequeñas cantidades de dinero hacia una cuenta bancaria apócrifa.

h) Uso no autorizado de programas de computo.

i) Introducción de instrucciones que provocan "interrupciones" en la lógica interna de los programas.

j) Alteración en el funcionamiento de los sistemas, a través de los virus informáticos.

k) Obtención de información residual impresa en papel luego de la ejecución de trabajos.

l) Acceso a áreas informatizadas en forma no autorizada.

m) Intervención en las líneas de comunicación de datos o teleproceso.

B. Como fin u objetivo.
En esta categoría, se enmarcan las conductas criminales que van dirigidas contra las computadoras, accesorios o programas como entidad física, como por ejemplo:

a) Programación de instrucciones que producen un bloqueo total al sistema.
b) Destrucción de programas por cualquier método.
c) Daño a la memoria.
d) Atentado físico contra la máquina o sus accesorios.
e) Sabotaje político o terrorismo en que se destruya o surja un apoderamiento de los centros neurálgicos computarizados.
f) Secuestro de soportes magnéticos entre los que figure información valiosa con fines de chantaje (pago de rescate, etc.).

5. Clasificación según Actividades Delictivas Graves
Por otro lado, la red Internet permite dar soporte para la comisión de otro tipo de delitos:
a) Terrorismo: Mensajes anónimos aprovechados por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuación a nivel internacional.

b) La existencia de hosts que ocultan la identidad del remitente, convirtiendo el mensaje en anónimo ha podido ser aprovechado por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuación a nivel internacional. De hecho, se han detectado mensajes con instrucciones para la fabricación de material explosivo.

c) Narcotráfico: Transmisión de fórmulas para la fabricación de estupefacientes, para el blanqueo de dinero y para la coordinación de entregas y recogidas.

d) Espionaje: Se ha dado casos de acceso no autorizado a sistemas informáticos gubernamentales e interceptación de correo electrónico del servicio secreto de los Estados Unidos.

e) Espionaje industrial: También se han dado casos de accesos no autorizados a sistemas informáticos de grandes compañías, usurpando diseños industriales, fórmulas, sistemas de fabricación y know how estratégico que posteriormente ha sido aprovechado en empresas competidoras o ha sido objeto de una divulgación no autorizada.

f) Otros delitos: Las mismas ventajas que encuentran en la Internet los narcotraficantes pueden ser aprovechadas para la planificación de otros delitos como el tráfico de armas, proselitismo de sectas, propaganda de grupos extremistas, y cualquier otro delito que pueda ser trasladado de la vida real al ciberespacio o al revés.

6. Infracciones que no Constituyen Delitos Informáticos

a) Usos comerciales no éticos: Algunas empresas no han podido escapar a la tentación de aprovechar la red para hacer una oferta a gran escala de sus productos, llevando a cabo "mailings electrónicos" al colectivo de usuarios de un gateway, un nodo o un territorio determinado. Ello, aunque no constituye una infracción, es mal recibido por los usuarios de Internet, poco acostumbrados, hasta fechas recientes, a un uso comercial de la red.

b) Actos parasitarios: Algunos usuarios incapaces de integrarse en grupos de discusión o foros de debate online, se dedican a obstaculizar las comunicaciones ajenas, interrumpiendo conversaciones de forma repetida, enviando mensajes con insultos personales, etc.

c) También se deben tomar en cuenta las obscenidades que se realizan a través de la Internet.

(1) TÉLLES VALDEZ, Julio. Derecho Informático. 2° Edición. Mc Graw Hill.

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